Conforme a lo establecido en el artículo 12º de la Resolución CREG 024 de 1995, actualizado por el artículo 18º de la Resolución CREG 156 de 2011 y modificado por el artículo 1º de la resolución CREG 043 de 2012, la empresa que se relaciona a continuación ha sido retirada como agente Comercializador del Mercado de Energía Mayorista.
Luego de cumplido el plazo y realizados todos los procedimientos definidos en la reglamentación vigente, se confirma que el retiro se hizo efectivo a partir de la fecha indicada:
EMPRESA | NIT | CÓDIGO SIC | FECHA DE RETIRO |
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COMPAÑÍA COMERCIALIZADORA DE ENERGÍA DEL CAUCA S.A. E.S.P. | 805.021.529-4 | COEC | 26 de noviembre de 2014 |