Estructura de gobierno
En XM S.A. E.S.P., con domicilio principal en la ciudad de Medellín, somos una empresa de servicios públicos mixta, del orden nacional, en virtud de las autorizaciones legales contenidas en el parágrafo 1° del artículo 167 de la Ley 142 de 1994 y en el Decreto 848 del 28 de marzo de 2005, organizada bajo la forma de sociedad anónima, constituida el 1° de septiembre de 2005 mediante escritura pública No. 1080 de la Notaría Única de Sabaneta, regida por los estatutos sociales contenidos en la escritura pública 486 del 22 de mayo de 2017 de la Notaría Catorce de Medellín, y nos encontramos sometidos al régimen jurídico establecido en la Ley 142 de 1994 (Ley de Servicios Públicos Domiciliarios), la Ley 143 de 1994 (Ley Eléctrica) y en las normas del derecho privado.
En XM contamos con una estructura de gobierno que asegura la adecuada toma de decisiones. La dirección, la administración y la representación de la sociedad son ejercidas por los siguientes órganos sociales:
- La Asamblea General de Accionistas
- La Junta Directiva
- La Gerencia General
Cada uno de estos órganos desempeña sus funciones separadamente, conforme a las leyes y dentro de las facultades y atribuciones que les confieren los estatutos sociales. La sociedad, además, cuenta con un revisor fiscal elegido por la Asamblea de Accionistas para períodos de un año.
Es el máximo órgano social de dirección, lo integran los titulares de las acciones en que se encuentra dividido el capital suscrito, de conformidad con las normas establecidas en la ley y los estatutos sociales. La Asamblea General de Accionistas la constituyen los accionistas inscritos en el libro denominado “Registro de acciones”, los cuales son:
Es la encargada de dirigir y administrar la empresa, es quien ejecuta y hace ejecutar todas las operaciones y actividades comprendidas dentro del objeto social; además le corresponde llevar la representación legal de la sociedad. El gerente general es elegido por la Junta Directiva tendiendo a criterios de idoneidad, conocimiento, experiencia y liderazgo, que están detallados en los estatutos sociales como requisitos mínimos que debe reunir para ser elegido. El gerente general no podrá ser miembro de la Junta Directiva.
Es el máximo órgano rector interno de la empresa. Revisa los asuntos de interés institucional que puedan impactar a la organización, recomienda y revisa políticas corporativas, direcciona la estrategia de la empresa y revisa y gestiona asuntos relevantes para habilitar el desarrollo empresarial. Además, define y asegura el mapa de procesos que se asocian al núcleo, la tecnología, el cumplimiento de las responsabilidades legales y las escogencias orientadas al desarrollo del negocio.
Para el desarrollo de nuestras actividades, contamos con comités de trabajo, entre los cuales se destacan:
- Comité Asesor de Contratación
- Comité de Conciliación
- Comité de Contratación
- Comité de Convivencia Laboral y Reglamento
- Comité de Ejecución de Garantías
- Comité de Ética
- Comité de Gerencia
- Comité de Gestión Documental
- Comité de Incubación
- Comité de Planta
- Comité de Riesgos
- Comité de Seguridad y Emergencias
- Comité Directivo Ampliado
- Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo – COPASST
- Comité Primer Nivel
- Comité Regulatorio